
La Inquisición fue y sigue siendo un tribunal polémico para el
gran público. Los historiadores se han ocupado de esta institución de modo
científico y sin prejuicios ideológicos, especialmente desde un Congreso
internacional celebrado en Cuenca en 1978. Recientemente la Santa Sede ha
convocado en Roma a expertos de diversos credos y nacionalidades para clarificar
la actuación histórica del Santo Oficio. Sobre este argumento responde para
Escritos ARVO, Beatriz Comella, autora del libro La Inquisición española (Rialp,
1988; 3ª edición en noviembre 1999).
¿Cuándo y por qué nació el
Tribunal de la Inquisición?
El primer tribunal inquisitorial para
juzgar delitos contra la fe nació en el siglo XIII. Fue fundado por el Papa
Honorio III en 1220 a petición del emperador alemán Federico II Hohenstaufen,
que reinaba además en el sur de Italia y Sicilia. Parece que el emperador
solicitó el tribunal para mejorar su deteriorada imagen ante la Santa Sede
(personalmente era amigo de musulmanes y no había cumplido con la promesa de
realizar una cruzada a Tierra Santa) y pensó que era un buen modo de
congraciarse con el Papa, ya que en aquella época el emperador representaba el
máximo poder civil y el Papa, el religioso y, era conveniente que las relaciones
entre ambos fueran al menos correctas. El romano pontífice exigió que el primer
tribunal constituido en Sicilia estuviera formado por teólogos de las órdenes
mendicantes (franciscanos y dominicos) para evitar que se desvirtuara su misión,
como de hecho intentó Federico II, al utilizar el tribunal eclesiástico contra
sus enemigos.
¿Existía en el siglo XIII alguna razón de
justificara la creación de ese tribunal que consideraba la herejía como delito
punible?
Conviene aclarar que los primeros teólogos cristianos de la
talla de Tertuliano, San Ambrosio de Milán o San Martín de Tours sostuvieron que
la religión y la violencia son incompatibles. Eran más partidarios de la
doctrina evangélica que recomienda corregir y amonestar a quien dilapida el bien
común de la fe. La represión violenta de la herejía es, como ha señalado Martín
de la Hoz, un error teológico de gravísimas consecuencias, implicado en la
íntima relación que de hecho se trabó entre el poder civil y la Iglesia en la
Edad Media. La herejía pasó a ser un delito comparable al de quien atenta contra
la vida del rey, es decir, de lesa majestad, castigado con la muerte en hoguera
como en el siglo IV, bajo los emperadores Constantino y Teodosio.
A
principios del siglo XIII aparecieron dos herejías (albigense y valdense) en el
sur de Francia y norte de Italia. Atacaban algunos pilares de la moral cristiana
y de la organización social de la época. Inicialmente se intentó que sus
seguidores abandonaran la heterodoxia a través de la predicación pacífica
encomendada a los recién fundados dominicos; después se procuró su desaparición
mediante una violenta cruzada. En esas difíciles circunstancias nace el primer
tribunal de la Inquisición.
Es lógico, pues, que la Inquisición
resulte una institución polémica
Desde luego, porque,
afortunadamente, hoy sabemos que es injusto aplicar la pena capital por motivos
religiosos. Los católicos de fin del siglo XX conocemos la doctrina del Concilio
Vaticano II sobre la libertad religiosa, que coincide, en sus planteamientos
básicos con la de muchos teólogos cristianos de los cuatro primeros siglos de
nuestra era. Por este motivo, el Papa Juan Pablo II en su Carta Apostólica
Tertio Milenio Adveniente (10-11-94) ha subrayado la necesidad de revisar
algunos pasajes oscuros de la historia de la Iglesia para reconocer ante el
mundo los errores de determinados fieles, teniendo en cuenta la unión espiritual
que nos vincula con los miembros de la Iglesia de todos los tiempos.
¿Entonces, la «leyenda negra», más que leyenda es una realidad
histórica?
Es preciso advertir que la polémica sobre la Inquisición
se nutre de otra actitud muy distinta a la ya expuesta; me refiero a la
ignorancia histórica, la falta de contextualización de los hechos, el
desconocimiento de las mentalidades de épocas pasadas, la escasez de estudios
comparativos entre la justicia civil y la inquisitorial... Todo esto contribuye
a formar no sólo una polémica justificada sino una injusta leyenda negra en
torno a la Inquisición.
¿Qué hay, pues, de verdad sobre la
actividad de la Inquisición, concretamente en España?
Se formaron
los primeros tribunales en 1242, a partir de un Concilio provincial de
Tarragona. Dependían del obispo de la diócesis y, por regla general, su
actuación fue moderada. Con la llegada de los Reyes Católicos al poder, el Santo
Oficio cambió de modo notable. Isabel y Fernando consideraron que la unidad
religiosa debía ser un factor clave en la unidad territorial de sus reinos. La
conversión de las minorías hebrea y morisca era la condición para conseguirlo;
algunos se bautizaron con convencimiento, otros no y éstos fueron perseguidos
por la Inquisición.
En 1478 los Reyes Católicos consiguen del Papa Sixto
IV una serie de privilegios en materia religiosa, entre ellos, el nombramiento
del Inquisidor General por la monarquía y el control económico del Santo Oficio.
Por otra parte, la actitud de los cristianos ante las comunidades judía y
morisca en España fue muy variada a lo largo de la Historia. Había judíos
asentados en España desde el final del Imperio Romano. Durante la etapa visigoda
fueron tolerados y perseguidos en distintas épocas. Algunos reyes castellanos y
aragoneses supieron crear condiciones de convivencia pacífica, pero el pueblo
llano no miraba con buenos ojos a los hebreos prestamistas (el interés anual
legal de los préstamos ascendía al 33%); además se les consideraba, de acuerdo
con una actitud muy primaria, culpables de la muerte de Jesucristo. El malestar
se transformó a finales del siglo XIV en revueltas y matanzas contra los judíos
en el sur y levante español.
Los Reyes Católicos no sentían
animadversión personal contra los hebreos (el propio rey Fernando tenía sangre
judía por parte de madre) y en su corte se hallaban financieros, consejeros,
médicos y artesanos hebreos. Los judíos vivían en barrios especiales (aljamas) y
entregaban tributos directamente al rey a cambio de protección. El deseo de
unión religiosa y de evitar matanzas populares impulsaron a los Reyes a decretar
la expulsión de los judíos españoles (unos 110.000) en marzo de 1492. La
alternativa era recibir el bautismo o abandonar los reinos, aunque se preveían
consecuencias económicas negativas en los territorios españoles. Sólo unos
10.000 hebreos se adhirieron a la fe cristiana y, entre ellos, bastantes por
intereses no religiosos. Entonces surgió el criptojudaísmo, la práctica oculta
de la religión de Moisés mientras se mantenía externamente el catolicismo.
Contra estos falsos cristianos, como se ha dicho, actuó la Inquisición.
Respecto a los moriscos, unos 350.000 en el siglo XV, la política fue
similar. Se intentó de modo más o menos adecuado su conversión tras la toma de
Granada, pero al comprobar que su asimilación no era satisfactoria se procedió a
la expulsión de los no conversos, tras violentos enfrentamientos, en 1609, bajo
el reinado de Felipe III. Durante el siglo XVII aparece con fuerza el fenómeno
social de la limpieza de sangre: para acceder a determinados cargos u oficios
era necesario ser cristiano viejo, es decir, no tener sangre judía o morisca en
los antepasados recientes.
¿Qué delitos juzgaba el Tribunal de la
Inquisición y cuáles eran las penas?
Inicialmente el tribunal fue
creado para frenar la heterodoxia entre los bautizados: las causas más
frecuentes eran las de falsos conversos del judaísmo y mahometismo; pronto se
añadió el luteranismo con focos en Sevilla y Valladolid; y el alumbradismo,
movimiento pseudo-místico. También se consideraban delitos contra la fe, la
blasfemia, en la medida que podía reflejar la heterodoxia, y la brujería, como
subproducto de religiosidad. Además, se perseguían delitos de carácter moral
como la bigamia. Con el tiempo se introdujo el delito de resistencia al Santo
Oficio, que trataba de garantizar el trabajo del tribunal.
La pena de
muerte en hoguera se aplicaba a hereje contumaz no arrepentido. El resto de los
delitos se pagaban con excomunión, confiscación de bienes, multas, cárcel,
oraciones y limosnas penitenciales. Las sentencias eran leídas y ejecutadas en
público en los denominados autos de fe, instrumento inquisitorial para el
control religioso de la población.
Desde el siglo XIII, la Iglesia
admitió el uso de la tortura para conseguir la confesión y arrepentimiento de
los reos. No hay que olvidar que el tormento era utilizado también en los
tribunales civiles; en el de la Inquisición se le dio otra finalidad: el acusado
confeso arrepentido tras la tortura se libraba de la muerte, algo que no ocurría
en la justicia civil. Las torturas eran terribles sufrimientos físicos que no
llegaban a mutilar o matar al acusado.
Una figura inevitable en
la polémica sobre la Inquisición es Torquemada. ¿Es tan fiero el león como lo
pintan? ¿Qué hubo en los juicios contra Carranza y Antonio Pérez?
Fray Tomás de Torquemada fue Inquisidor General entre 1485 y 1496. Gozó
de la confianza de los Reyes Católicos. Lo cierto es que no existe todavía una
biografía definitiva sobre este importante personaje. Desde luego sentía
animadversión hacia los judíos e influyó decisivamente en el decreto de
expulsión de 1492, sin embargo no era sanguinario, como cierta leyenda
injustificada pretende hacernos creer, aunque sí es obvio que presidió el
tribunal en años de intensa actividad. No obstante, redactó una serie de normas
y leyes para garantizar el buen funcionamientos del tribunal y evitar abusos.
Carranza era arzobispo de Toledo y Primado de España. Fue acusado
injustamente de luteranismo y condenado a la pena capital por la inquisición
española; por tratarse de un prelado, la causa se inició con el permiso de Roma
y fue revisada por el Papa que no vio motivos proporcionados para tal veredicto.
Aunque éste no llegó a aplicarse, Felipe II destituyó a Carranza para subrayar
la autonomía del tribunal español respecto a la Santa Sede. Antonio Pérez era
secretario del rey y fue acusado de asesinato; como consiguió huir de la
justicia de Castilla, la Inquisición le imputó de ciertos cargos para poder
detenerlo. El reo salió de España y dio a conocer su caso en las cortes de
Francia e Inglaterra. Es un claro ejemplo de utilización política del tribunal
por parte del rey, que supo airear oportunamente su antiguo secretario. Por otra
parte, los casos de Carranza y Pérez ponen de relieve algo característico del
Tribunal de la Inquisición: su poder no hacía distinciones a la hora de acusar a
prelados, cortesanos , nobles o ministros; fue, en ese sentido, un tribunal
democrático con una jurisdicción sólo inferior a la del Papa.
¿Cuál fue la actitud del Santo Oficio español ante la
brujería?
En España hubo pocos casos de brujería en comparación al
resto de Europa. Fue un fenómeno más destacado entre la población bautizada de
los territorios americanos, por el apego a sus ritos y tradiciones seculares. En
la Península fueron desgraciadamente famosas las brujas de Zugarramurdi
(Navarra) condenadas en 1610. Desde entonces se tuvo en cuenta la acertada
observación de un inquisidor, para quien cuanto menos se hablara de ellas, menos
casos habría; la Inquisición prefirió considerarlas personas alucinadas o
enfermas.
Otra cuestión espinosa que suscita la Inquisición es el
número de víctimas ¿es posible saber cuántas fueron?
La Inquisición
tuvo una larga vida en España: se instauró en 1242 y no fue abolida formalmente
hasta 1834 durante la regencia de María Cristina. Sin embargo, su actuación más
intensa se registra entre 1478 y 1700, es decir, durante el gobierno de los
Reyes Católicos y los Austrias. En cierto sentido no se puede calcular el número
de personas afectadas por la Inquisición: la migración forzosa de millares de
judíos y moriscos; la deshonra familiar que comportaba una acusación del
tribunal durante varias generaciones; la obsesión colectiva por la limpieza de
sangre, lo hacen imposible.
Respecto al número de ajusticiados no hay
datos definitivos porque hasta ahora no se han podido estudiar todas las causas
conservadas en archivos. Aunque parciales, son más próximos a la realidad los
estudios realizados por los profesores Heningsen y Contreras sobre 50.000 causas
abiertas entre 1540 y 1700: concluyen que fueron quemadas 1.346 personas, el
1,9% de los juzgados. Es posible, aunque la cifra no sea definitiva, que los
ajusticiados a lo largo de la historia del tribunal fueran unos 5.000.
Afortunadamente, el cristianismo, a diferencia de las ideologías, tiene siempre
una doctrina buena, cierta y definitiva que le permite rectificar los errores
prácticos en los que pueden incurrir algunos de sus miembros: el Evangelio.
Beatriz Comella es licenciada en Geografía e Historia.
Imparte seminarios de Historia y Filosofía en el Colegio Mayor Zurbarán de
Madrid. Ha publicado, además del libro indicado, un ensayo sobre el caso
Galileo; colabora con artículos de opinión en unos 60 diarios y revistas.